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mayo  4, 2024

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El expediente electrónico

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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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El expediente electrónico 

Por Gaston E. Bielli(*) y Andrés L. Nizzo(**)

Tanto en el Poder Judicial de la Nación como en el de la Provincia de Buenos Aires, se ha puesto en marcha en forma paulatina y progresiva el proceso de adopción del "Expediente Digital”, mediante la implementación de nuevas herramientas tecnológicas.

 

El documento digital, la firma digital, el certificado digital, el domicilio electrónico y todas estas nuevas concepciones, fueron motivadas con el objeto de lograr la "despapelización" de los trámites judiciales a través  de la informatización y, por ende, alcanzar una mayor eficacia administrativa, un control de gestión más activo, preservar el medio ambiente y procurar un ahorro significativo de recursos. Se ha tomado la trascendental decisión de implementar herramientas informáticas a los fines de agilizar los plazos procesales como así también promover la eficiencia y la transparencia en el procedimiento judicial.

 

Esto trae aparejado ciertas implicancias técnicas que muchas veces escapan a los conocimientos que, en materia de informática, poseen los sujetos involucrados en el proceso judicial. Por ello, en esta sección intentaremos allanar el camino de esta nueva materia denominada Derecho Procesal Informático, que ha venido a transformar profundamente la praxis jurídica. 

 

Las oportunidades que brinda la adopción de más medios tecnológicos al proceso judicial no deben ser desaprovechadas. Deben ser utilizadas en todo su potencial conforme la gran cantidad de beneficios que trae previsto su empleo para todas las partes involucradas en el proceso. 

 

De lo expuesto surge el objetivo general de este nuevo espacio en elDial.com: lograr el aprendizaje y la preparación práctica en lo que hace al conocimiento y manejo de las herramientas informáticas y sus implicancias procesales; medios que se han puesto a disposición del abogado y que obligatoriamente deberán emplearse en el ejercicio de su profesión.

 

 


(*) Abogado, especialista en derecho procesal informático. Presidente de la Comisión de Derecho Informático del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora.

(**) Abogado graduado de la Universidad Nacional de Mar del Plata. Auxiliar Letrado del Juzgado en lo Civil y Comercial Nro. 3 del Departamento Judicial de Mar del Plata.

 

 

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